Page 26 - CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD
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CARLOS TEJEDA CRUZ
26 Libro Digital Universitario 2014 endémicas, raras, amenazadas o en
peligro de extinción (Diario Oficial,
1992).
del decreto, que sean estrictamente • La obligatoriedad de los propietarios
compatibles con los objetivos, cri- de predios dentro del área para
terios y programas de aprovecha- realizar labores de conservación de
miento sustentable emitidos por el acuerdo a los programas de manejo
decreto y el programa de manejo (Diario Oficial, 1992).
que se formule (Artículo 48). • En el caso de los monumentos na-
• La posibilidad de establecer zonas turales se prohíbe todo aprovecha-
núcleo en las zonas más conserva- miento de recursos naturales en las
das del ANP, con la prohibición de áreas decretadas (Artículo 52).
realizar cambios de uso del suelo y
aprovechamientos de flora y fauna Lo anteriormente expuesto, remite a
(Artículos 48 y 49). una dimensión más profunda del proble-
• La SEMARNAT es la encargada de ma: una autoridad externa, en este caso el
Gobierno Federal, establece, en aras del
designar al director del área (Artí-
bien público (conservación de la biodiver-
culo 65).
sidad y recursos estratégicos para el país
• La SEMARNAT es la secretaría en-
y la humanidad en general), un decreto
cargada de elaborar el programa de
que acarrea una serie de normas que, a su
manejo del área, en coordinación
vez, establecen un control (que se expre-
con las demás dependencias com-
sa en limitaciones y restricciones para los
petentes (Artículo 65).
comuneros) sobre el acceso y uso de los
• La veda total e indefinida de caza y
recursos naturales sobre un territorio que
captura de las especies de fauna
es propiedad legal de una comunidad indí-
gena. Sobre este mismo territorio, su te-
rritorio, los comuneros hacen un uso de la
tierra y de sus recursos naturales de acuer-
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