Page 190 - GESTIÓN TERRITORIAL Y MANEJO DE RECURSOS NATURALES
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190       Gestión Territorial y Manejo de Recursos Naturales






               términos generales, estos documentos de               nacional; 2. Asegurar la preservación de
               diagnóstico y propuestas, tienen elemen-              las especies endémicas, amenazadas, en

               tos comunes como son la formación de                  peligro de extinción o sujetas a protección

               comités técnicos, el diagnóstico del esta-            especial; 3. Combatir el tráfico o apropia-

               do de las poblaciones y su problemática, la           ción ilegal de especies; 4. Crear estaciones

               repoblación, la búsqueda de participación             biológicas de rehabilitación y repoblación

               social y de  financiamiento (SEMARNAP-                de especies de fauna silvestre; 5. Fomen-

               INE, 2000; CONANP, 2009). Se trata de                 tar la participación de las organizaciones

               abordar la problemática desde todos los               sociales, públicas o privadas, en la preser-

               puntos de vista, social, ecológico, econó-            vación  de  la  biodiversidad;  6.  Fomentar
               mico y político, pero siempre bajo los esta-          y desarrollar la investigación de la flora y

               tutos tanto de la Ley General del Equilibrio          fauna silvestre con el objeto de conocer

               Ecológico y Protección al Ambiente, como              su valor científico, ambiental, económico

               de la Ley General de Vida Silvestre. En el            y estratégico para la nación; 7. Desarrollar

               caso específico de la conservación de vida            actividades productivas alternativas para

               silvestre, dos son las leyes que se encargan          las comunidades rurales; 8. Desarrollar la

               de ello, la Ley General de Equilibrio Eco-            participación de las comunidades, así como
               lógico y Protección al Ambiente, y la Ley             de pueblos indígenas, en la elaboración de

               General de Vida Silvestre.                            programas de biodiversidad de las áreas en

                    El artículo 79 de la LGEEPA considera            que habiten. Según el artículo 80, dichos

               los siguientes criterios: 1. Preservar la biodi-      criterios deben ser considerados en: 1. El

               versidad y el hábitat de las especies de flora        otorgamiento de concesiones y permisos

               y fauna que se encuentran en el territorio            para el aprovechamiento, posesión, ad-

                                                                     ministración, conservación, repoblación,

                                                                     y desarrollo de la vida silvestre; 2. El es-

                                                                     tablecimiento o modificación de vedas de
                                                                     flora y fauna silvestres; 3. La protección y
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