Page 53 - CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD
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cambio climático global, captura de carbo-           CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Y COMUNIDADES LOCALES
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           no, regulación climática regional, etc.) que

           brinda un ANP a la sociedad en general.

           Este tipo de recursos entra en la esfera de
                                                                     Los bienes particulares se caracterizan
           los bienes públicos.
                                                                por ser de fácil exclusión y alta sustractabi-
                Para clasificar toda la gama de recur-
                                                                lidad, en este ámbito, los usuarios tienen
           sos que pueden existir en un territorio
                                                                las condiciones legales y sociales para ex-
           determinado, que puede ser el de una
                                                                cluir a otras personas del disfrute del bien
           comunidad, resultan útiles los conceptos
                                                                en cuestión, así mismo, tienen una amplia
           expuestos por Ostrom, Gardner & Walker
                                                                facultad para su usufructo frente a otros
           (1994) quienes los clasifican en función de
                                                                usuarios y al resto de la sociedad.
           su posibilidad de exclusión y sustractabili-
                                                                     Los bienes públicos son de difícil exclu-
           dad (Cuadro 2). Estos autores definen la
                                                                sión y baja sustractabilidad, en este ámbito
           exclusión como la capacidad de un indivi-
                                                                el conjunto de los usuarios tiene derecho
           duo, grupo o institución social de excluir
                                                                al uso, se definen normas para restringir el
           a los demás del disfrute de un bien espe-
                                                                usufructo particular de los mismos y se cas-
           cífico;  mientras  que  la  sustractabilidad  se
                                                                tigan los daños que pudieran hacerse sobre
           define como una condición del bien en sí
                                                                este bien. Por ejemplo: una plaza pública,
           mismo, donde su uso implica la sustracción
                                                                un parque natural, las carreteras y caminos
           de unidades de recursos que no estarán
                                                                libres, etcétera.
           disponibles para otros usuarios del bien.



                        Cuadro 2. Clasificación de los recursos en función de su sustractabilidad
                                               y posibilidad de exclusión.











                                        Fuente: Ostrom, Gardner & Walker, 1994







                                                                Universidad Autónoma de Chiapas
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