Page 57 - CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD
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que determinan, en primera instancia, los CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD Y COMUNIDADES LOCALES
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derechos de propiedad sobre el territorio
(apropiación abstracta), y que determinan
el acceso, control y uso del mismo. En este
cuotas, mecanismos de supervisión y re-
punto coinciden varios de los autores revi-
solución de conflictos, sanciones, etc.), b)
sados en que los derechos de propiedad
organizan el usufructo de los bienes pú-
son los más importantes para el control del
blicos, y c) regulan la distribución de los
territorio y sus recursos (Acehson, 1991;
beneficios.
Godelier, 1989); al respecto, Godelier
Las reglas enunciadas en los incisos a
(1989) señala que la propiedad es un con-
y b remiten a lo que Ostrom (2000) de-
junto de reglas normativas que determinan
nomina reglas operativas que afectan di-
el acceso, control, uso y transferencia de
rectamente las decisiones cotidianas de los
los recursos territoriales y remite a lo que
usufructuarios de un RUC o bien público,
Ostrom (2000) denominó reglas de elec-
así también, remiten a los principios de di-
ción constitucional que determinan quién
seño de instituciones locales identificados
es elegible como titular de derechos de
por esta misma autora como persisten-
propiedad sobre los recursos y bienes te-
tes en el tiempo en sistemas de manejo
rritoriales y cómo se deben generar las re-
de RUC exitosos. Por su parte Weber &
glas para administrar colectivamente dichos
Reveret (1993) identifican la noción de la
recursos. Cabe incluir en esta dimensión a
distribución de beneficios como un nivel
las reglas propuestas por Weber & Reveret
fundamental de un modo de apropiación y
(1993) que determinan los mecanismos de
que aplica tanto a los beneficios derivados
transferencia de derechos intra e interge-
del aprovechamiento de los RUC como de
neracionalmente.
los bienes públicos.
En la cuarta dimensión a analizar en el
La escala privilegiada para el análisis de
estudio de apropiación social del territo-
este tipo de reglas es la comunidad agra-
rio, se encuentran las reglas (instituciones
distintas de los derechos de propiedad)
que: a) organizan y determinan límites a
la explotación de los RUC (asignación de
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