Page 94 - DESARROLLO URBANO EN EL ÁMBITO SOCIAL DE BAJOS INGRESOS
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DESARROLLO URBANO EN EL ÁMBITO SOCIAL DE BAJOS INGRESOS.
94 POSIBILIDADES Y OBSTÁCULOS. EL CASO DE BERRIOZÁBAL, CHIAPAS (1980-2005)
Derivado de lo anterior, podemos afirmar que la definición mínima del ciudadano es aquel
que se refiere a “…individuos racionales, libres, e iguales ante la ley, [y pasan a constituir] el sujeto
por excelencia de la cosa pública y de la legitimación del poder, [debido a que el] poder [emana
de] la voluntad del pueblo, [o sea], de los ciudadanos…” (Mellano, 2001: 18-19). Lo anterior,
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está ligado a la calidad jurídico-política de ciertas personas, por el hecho de pertenecer a un país,
en donde el estado reconoce los denominados “derechos políticos” tales como: la participación
en asuntos políticos, el voto o sufragio y la asociación política; además, se tienen otros derechos
como los económicos, sociales, culturales y ambientales, entre otros . Luego entonces esta par-
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ticipación puede considerarse como “…un proceso por el cual los sujetos, a título individual o co-
lectivo, desarrollan una acción tendiente a vincular una expectativa o una opinión con los ámbitos
público o político…” (Constantino, 2002: 509).
Al respecto Jordi Borja, va más allá de los derechos políticos, conceptualizando a la ciudada-
nía como un status, reconocimiento social y jurídico, en el que una persona adquiere derechos
y deberes dentro de una comunidad (inserto en un territorio), sometido a las mismas leyes, sin
distingo de nadie. La ciudadanía, ante esta diversidad, acepta la diferencia, pero no la desigualdad.
Para Borja, la ciudadanía se origina en las ciudades, porque sólo ellas poseen densidad, diversidad
de población y actividades, autogobierno, cultura, normas y apertura.
La ciudad es lugar de intercambio, comercio y cultura, lugar de civismo, de cohesión social, de
identidad, lugar de la política y del poder. Además, el conjunto de derechos y deberes reclaman de
70 Las palabras entre corchetes, son apuntes personales a título del autor.
71 En México, para gozar de los derechos políticos se requieren dos requisitos: nacionalidad y mayoría de edad. La primera pue-
de ser por nacimiento o naturalización, mientras que la segunda se adquiere a los 18 años de edad. Si este derecho político se
orienta al espacio público, la participación adquiere modalidades de movimiento social; por el contrario, si se orienta al espacio
político puede adquirir carácter de militancia en un partido, o en procesos electorales.
UNACH Universidad Autónoma de Chiapas