Page 57 - Salud y políticas públicas
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PÉRDIDA DE PLAYAS EN PUERTO MADERO, CHIAPAS. DAÑOS Y PERSPECTIVAS 57 Figura 8. Obras de “protección” en Puerto Madero. Se muestran los espigones 2 (a) y 17 (b). Pérdida de playa e impacto ambiental El reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, en materia de evaluación del impacto ambiental, defne que el impacto ambiental signifcativo o relevante es “…aquel que resulta de la acción del hombre o de la naturaleza, que provoca alteraciones en los ecosistemas y sus recursos naturales o en la salud, obstaculizando la existencia y desarrollo del hombre y de los demás seres vivos, así como la continuidad de los procesos naturales” (Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión [CDHCU], 2000). Bajo esta defnición es claro que cualquier obra o actividad que el ser humano realice, y/o cualquier evento natural (incendios, tormentas, sequías, entre otros) generará un efecto en el ambiente, cuando ese efecto es negati- vo, entonces se habla de impacto ambiental. Las medidas de protección hasta hoy empleadas han consistido en espigones y muros de piedra sobre la playa, lo cual, como se ha mencionado anteriormente y documentado en otros estudios (Barrios, 2013), parecen no haber sido la mejor solución de protección. Barrios (2013) sugirió, entre otros, la construcción de disipadores de energía para la protección de las playas, sin embargo, también comentó la necesidad de realizar los estudios pertinentes para seleccionar la mejor opción. Universidad Autónoma de Chiapas