Page 170 - DESARROLLO URBANO EN EL ÁMBITO SOCIAL DE BAJOS INGRESOS
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DESARROLLO URBANO EN EL ÁMBITO SOCIAL DE BAJOS INGRESOS.
170 POSIBILIDADES Y OBSTÁCULOS. EL CASO DE BERRIOZÁBAL, CHIAPAS (1980-2005)
La máxima autoridad, en el Copladem, es la Asamblea General, presidida por el Presidente
Municipal. Además, es el foro de discusión, análisis y aprobación de acciones, convenios y acuer-
dos, que emanan del interior del proceso deliberativo, para el desarrollo sustentable y solidario
del Municipio, Así mismo, tiene como objetivo validar social y técnicamente los programas de de-
sarrollo sustentable que formule el Honorable Ayuntamiento; los cuales deberán ser congruentes
al Plan Municipal, y cuando así se requiera, de las dependencias del Ejecutivo del Estado; así como,
las acciones vinculadas a proyectos colectivos territoriales, basándose fundamentalmente, en las
necesidades y demandas de la sociedad .
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En el marco de las atribuciones del Copladem, existen dos rubros: los derechos y las funcio-
nes. En el primer caso, los integrantes del Copladem que tienen derecho a “voz y voto” son el Pre-
sidente Municipal, el Coordinador, el Secretario Técnico y los Representantes de Consejos de Par-
ticipación Ciudadana, en el número de comunidades rurales y barrios existentes en los municipio.
En tanto, con derecho a “voz” únicamente las Dependencias Federales y Estatales, las Autoridades
Ejidales y Comunales, las Organizaciones Sociales, Privadas, Económicas y Políticas. Mientras que
en el segundo caso, el Copladem debe integrar y actualizar el Plan de Desarrollo Municipal; emitir
y validar su Reglamento Interior; promover todo lo concerniente al Fondo III (Fism), Fondo para la
Infraestructura Social Municipal ; recibir todas las propuestas de las comunidades y barrios, verifi-
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121 Los lineamientos para la integración del Reglamento de los COPLADEM, están publicados en el Periódico Oficial No. 023 del
25 de abril de 2007, a fin de que los Honorables Ayuntamientos Municipales integren y aprueben sus respectivos reglamentos.
122 En el Marco del Copladem, el Ayuntamiento Municipal es el principal operador de los programas del Fondo III (Fism), Fondo
para la Infraestructura Social Municipal. En Tanto, el Fondo IV (Fafm), Fondo de Aportación para el Fortalecimiento Municipal, se
promueve, integra, planea, controla y evalúa, en su mayoría por el Honorable Ayuntamiento Municipal (presidente, síndico y
regidores); debido a que los recursos están destinados a obligaciones financieras, seguridad pública, desayunos escolares, emer-
gencias y desastres, proyectos de viviendas, productivos, infraestructura y equipamiento municipal e infraestructura educativa. El
seno de la asamblea del Copladem, únicamente valida las acciones del Fondo IV. (Cfr.Gobierno del Estado de Chiapas ,2002b: 2).
UNACH Universidad Autónoma de Chiapas