Page 55 - UN ANÁLISIS CRITICO
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SISTEMA DE TRANSFERENCIAS EN MÉXICO: IMPACTO
                                                             EN EL ESFUERZO FISCAL DE LOS GOBIERNOS ESTATALES.
                                                             BALTAzAR MAYO MENDOzA                                55






                El régimen presidencial ampliaba su poder político a través del Partido Revolucionario
           Institucional (PRI), que a lo largo de la historia, se consolidó como un monopolio partidista e

           impidió la competencia electoral tanto a nivel nacional como local.

                La historia política de México dio sus primeros indicios de cambio en la década de los ochen-

           ta, cuando por primera vez un partido de la oposición, el Partido Acción Nacional (PAN),  ganó

           las elecciones municipales. Esta primera ola de cambio concretamente se dio en los estados de

           Baja California y Chihuahua cuando Ernesto Ruffo Appel (1986-1989) y Francisco Barrios (1983-

           1986) ganaron por primera vez las elecciones. Esta nueva configuración de los poderes políticos

           parece haberse consolidado con el triunfo de Vicente Fox Quezada en las elecciones presidencias

           de 2000, cuando por primera vez el país tuvo a un  presidente distinto del PRI.
                Cuando se estaban gestando los primeros cambios de alternancia partidista a nivel local,

           de manera análoga en el país se estaban ejecutando los primeros procesos de descentraliza-

           ción fiscal. Con la promulgación de la  Ley de Coordinación Fiscal (LCF), la cual fue sustancial

           para la creación del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal (SNCF), se constituyó  el soporte

           de un país federalista. En ella, los estados cedieron totalmente su principal fuente de ingreso,

           el Impuesto Sobre Ingresos Mercantiles (ISIM), para ser sustituido por el Impuesto al Valor

           Agregado (IVA) cuya tributación sería central.
                A cambio de ceder esta potestad, los estados recibirían transferencias de la proporción

           de la recaudación federal participable  que se le denomina Participación o Ramo 28. Este tipo
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           de transferencia se otorgaría  de manera incondicional, de manera que estos recursos no

           tendrían fines específicos.





           6   Lo que obtiene el gobierno federal  por todos los impuestos que cobra, adicionalmente los derechos  por la extracción
             del petróleo y de minería. No se incluyen  los impuestos adicionales  del 3% sobre  el impuesto  general de exporta-
             ción de petróleo  crudo, gas natural y derivados y del 2%  de las exportaciones.






                                                              Universidad Autónoma de Chiapas
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